ACTUACIONES EXCLUIDAS EN LA TRAMITACION POR LAS ECLU
La tramitación de las siguientes actuaciones se llevará directamente por el Ayuntamiento de Madrid, y según la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 2004 (OMTLU):
- Actividades de titularidad pública (Administraciones o Entes Públicos).
- Actuaciones urbanísticas que se desarrollen en el Uso Residencial.
- Aquellas licencias urbanísticas que requieran proyecto técnico de obras, y que por lo tanto se tramiten por el procedimiento ordinario. Para el 1 de abril de 2011, sí podrán tramitarse por las ECLU.
- Obras que afecten a elementos de restauración obligatoria en edificios catalogados.
- Otras exclusiones según instrucción del 26-03-2010