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¿QUE ACTUACIONES SE TRAMITAN POR EL PROCEDIMIENTO DE IMPLANTACION O MODIFICACION DE ACTIVIDADES?

Las actuaciones que se han incluido en el procedimiento de implantación o modificación de actividades son aquellas que por conllevar cierta repercusión en el entorno urbanístico, medioambiente o seguridad de las personas y bienes, no pueden tramitarse como comunicaciones previas, pues exigen un control previo por parte de la Administración.  La incidencia o repercusión mencionada exige que la actuación tenga que describirse en la correspondiente documentación técnica comprensiva de la actividad y de sus instalaciones, suscrita por técnico competente y visada por el colegio oficial correspondiente.